La Legislatura de Córdoba aprobó una serie de cambios en la Ley Provincial de Tránsito N° 8.560 que modernizan el sistema de control vial y endurecen el régimen sancionatorio. Las modificaciones, impulsadas por el Ejecutivo provincial y acompañadas por distintos bloques legislativos, comenzarán a regir una vez publicadas en el Boletín Oficial.
Entre los puntos centrales se destacan la validación legal de las luces diurnas de circulación (DRL), la radarización de rutas provinciales, una reclasificación de infracciones y la incorporación de sanciones con fines pedagógicos, como trabajo comunitario y cursos obligatorios.
Luces DRL: qué cambia para los conductores
Uno de los cambios más esperados es la habilitación formal del uso de las luces DRL, un sistema que ya incorporan muchos vehículos de fábrica. A partir de ahora, circular de día con estas luces será legal en rutas y autovías provinciales, siempre que se encienda automáticamente la luz de posición trasera y existan condiciones normales de visibilidad.

La normativa aclara que, ante niebla, lluvia intensa, nevada u otras condiciones adversas, seguirá siendo obligatorio el uso de luces bajas convencionales, junto con luces antiniebla si el vehículo las posee.
En el caso de motocicletas y vehículos que circulen por carriles reversibles o en sentido contrario al habitual, la luz baja o DRL deberá estar encendida durante todo el día, sin excepciones.
Radares en rutas provinciales
La reforma habilita el uso de radares y dispositivos electrónicos remotos para detectar y documentar infracciones, sin necesidad de presencia física de inspectores. La medida apunta a reforzar el control de velocidad en corredores provinciales, donde los excesos son una de las principales causas de siniestros viales.
Además, se autoriza el uso de actas digitales, modernizando el sistema de fiscalización y reduciendo el uso de papel.
Infracciones más graves y sanciones más duras
La nueva ley introduce una reclasificación del cuadro de faltas. Ahora se consideran infracciones graves, entre otras, la conducción bajo el efecto de sustancias que disminuyan las capacidades psicofísicas y manejar sin licencia habilitante.

En tanto, pasan a ser muy graves conductas como el exceso de velocidad, circular sin seguro obligatorio, superar el peso o dimensiones permitidas en vehículos de transporte y participar en competencias o carreras ilegales.
Reiterancia y sanciones alternativas
Una de las principales novedades es la incorporación de la figura de reiterancia, que permitirá agravar las sanciones cuando un conductor cometa nuevas infracciones antes de que quede firme una sanción anterior. Para evaluarlo, se tendrá en cuenta la cercanía temporal entre faltas, su gravedad y la conducta del infractor.
Además de las multas económicas, la ley incorpora trabajo comunitario, cursos de seguridad vial, talleres educativos y programas terapéuticos como sanciones alternativas, con un enfoque pedagógico y preventivo.
Para infracciones leves, se establece el apercibimiento, que no implica multa, pero queda registrado en caso de reincidencia.

Facilidades para realizar descargos
Los conductores que cometan una infracción a más de 60 kilómetros de su domicilio podrán realizar el descargo en la justicia de faltas de su propia jurisdicción. En el caso de personas domiciliadas fuera de Córdoba, será obligatorio registrar la identidad digital a través de la plataforma Ciudadano Digital.
Con estas modificaciones, la Provincia apunta a mejorar la seguridad vial, fortalecer los controles y reducir la reincidencia, adaptando la legislación a las nuevas tecnologías y al parque automotor actual.
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