Presentaron amparos contra la ordenanza del Programa de Prevención del Delito y Seguridad de Villa Allende

Se trata de dos acciones impulsadas por vecinos y concejales opositores. Entre otros puntos, dicha legislación incluye el cerramiento de calles en horario nocturno.

A un mes de que el Concejo Deliberante de Villa Allende apruebe la ordenanza Nº 14/25, que contiene el marco del Programa Integral de Prevención del Delito y Seguridad Vecinal de la ciudad, se interpusieron dos acciones de amparo contra dicha legislación.

Además, en ambos casos solicitaron como medida cautelar la suspensión de la aplicación de la misma. Las medidas quedaron radicadas en la Cámara Contenciosa Administrativa Nro. 1 de la Ciudad de Córdoba.

El primer caso

El 10 de junio, vecinos patrocinados por el Dr. Pablo Agüero Piñero, y acompañados por los concejales Julio Loza y Marta Banegas del bloque Elegí Villa Allende, interpusieron acción de amparo en contra de la ordenanza municipal. Entre sus puntos, esta autoriza el cerramiento de calles en la ciudad. Y solicitaron como medida cautelar, la suspensión de la aplicación de la misma por entender que es inconstitucional.

“En la acción iniciada se solicita al Tribunal ordene a la Municipalidad de Villa Allende que se abstenga de aplicar la medida de ‘cerramiento vehicular de calles’, declarando la inconstitucionalidad de semejante disposición, como así también del desigual y discriminatorio sistema de etapa previa, esto es el Registro de Oposición, en el que sólo pueden participar quienes estén incluidos en el padrón de contribuyentes”, indicaron.

Imagen: Municipalidad de Villa Allende.

En dialogo con Nexo FM, Loza brindó detalles de cómo debería desarrollarse el proceso: “Este amparo tiene dos etapas. Primero, luego de superada la cuestión formal de análisis por parte del tribunal que interviene, se tiene que expedir sobre la medida cautelar. El amparo conlleva, y tiene como pedido previo al análisis de fondo, que la justicia diga si nos da la medida cautelar, que se suspenda la aplicación de la ordenanza hasta tanto se resuelva sobre el fondo y diga si hay una afectación constitucional o no. Esa medida cautelar debería salir en no más de diez días”, detalló.

“Algunos tribunales citan a una audiencia de conciliación previa para intentar que las partes lleguen a un acuerdo. Resulta difícil pensar que puede haber un avenimiento en esta ordenanza, por cuanto los vecinos le pidieron al intendente una audiencia y nunca se las dio”, expresó.

En cuanto a la cuestión de fondo, se estima que el pronunciamiento puede llevar más tiempo, incluso un par de meses.

La otra acción

Por otro lado, vecinos autoconvocados presentaron el viernes 13 de junio una acción de amparo persiguiendo la declaración de la inconstitucionalidad de los artículos 1 y 3 de dicha ordenanza y del anexo I, “por violar derechos y garantías de raigambre constitucional y supranacional como la libertad de tránsito, el derecho a la participación, el derecho a peticionar a las autoridades, el derecho a no discriminación, y a la igualdad ante la Ley”.

En un comunicado, señalaron que en tanto se resuelva la cuestión de fondo, se planteó una cautelar que dispone suspender la ejecución de la ordenanza.

“Tanto la idea de cerrar calles en un plazo indeterminado por la norma impugnada, como el hecho de obstruir deliberadamente el derecho a expresarse de vecinos inquilinos, residentes, trabajadores, comerciantes y titulares de la propiedad sin haber hecho sucesión, organizando un Registro de Oposición sólo para titulares de la tasa de servicios a la propiedad, son el objeto central de la medida planteada”, remarcaron.

Vecinos presentes en la sesión donde se aprobó la ordenanza 14/25.

Hugo Yagüe, abogado e integrante del grupo que impulsó la medida, acotó que “esto fue acompañado de un abundante capítulo de pruebas donde exponemos de manera clara la improvisación que ha sido el fundamento de este proyecto a lo largo de estos meses”.

Sobre uno de los puntos señalados, dijo: “Entendemos que el Registro de Oposición cercena de manera decisiva la posibilidad de participar de los vecinos que no sean titulares de la tasa de servicios a la propiedad, lo cual entendemos es abiertamente inconstitucional. Apelamos a que la justicia decida con la ley en la mano”.

ENTREVISTA A JULIO LOZA, CONCEJAL DE ELEGÍ VILLA ALLENDE

AUDIO DE HUGO YAGÜE, ABOGADO E INTEGRANTE DE VECINOS AUTOCONVOCADOS

Comunidad, Nota Destacada, Villa Allende

3 comentarios en “Presentaron amparos contra la ordenanza del Programa de Prevención del Delito y Seguridad de Villa Allende”

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